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Las cuotas y aportaciones al PACMA de afiliados y simpatizantes son deducibles de la base imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas con el límite anual de 600 euros por persona (Ley Orgánica 8/2007 de Financiación de Partidos Políticos de 4-7-2007, BOE 5-7-2007).
Por otra parte, las donaciones al PACMA tienen una deducción del 25% en la cuota del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas con el límite anual de 100.000 euros por persona (Ley 49/2002 del Mecenazgo de 23-12-2002, BOE 24-12-2002). Para solicitar el certificado de la donación se deberá indicarlo enviando un mail a tesoreria@pacma.es
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